En enero de este año, entró en vigencia la Ley 21.645 de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Chile, conocida por darle preferencia a los padres a que coincidan en vacaciones con sus hijos.
Dicha normativa lo que hizo fue modificar el Código del Trabajo, regulando un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo, para todos los trabajadores y trabajadoras que tengan a su cuidado menores de 14 años, a una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.
El beneficio en cuestión no se aplica a los trabajadores que tengan poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados.
La ley además señala que durante las vacaciones que define el Mineduc, toda jornada o parte de ella, sea diaria o semanal, puede ser ejecutada bajo la modalidad del trabajo a distancia, en la medida que la naturaleza de la labor lo permita.
Lo que busca esta normativa es promover la igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y hombres. Esto a fin de preservar tanto la salud y bienestar de los niños y niñas como el de sus progenitores y progenitoras.
Cabe precisar que para solicitar los derechos, el trabajador debe presentar una propuesta al empleador con al menos 30 días de anticipación.